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Mediante el DNU 366/2025 se modificaron el régimen de ingreso, permanencia y deportación de extranjeros, además de lo relacionado con el acceso a la salud y la educación pública.



En una medida que marca un cambio drástico en la política migratoria argentina, el Gobierno nacional publicó este miércoles en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, que introduce severas modificaciones a la Ley de Migraciones N° 25.871 y a la Ley de Ciudadanía N° 346. Aunque el foco estuvo puesto en el régimen de ingreso, permanencia y deportación de extranjeros, se añadieron una serie de modificaciones en lo relacionado con el acceso a la salud y la educación pública. La norma fue firmada por el presidente en acuerdo general de ministros, con el objetivo declarado de “proteger el bienestar y la seguridad de los ciudadanos argentinos”.
Las medidas habían sido anunciadas el 14 de mayo pasado, en la recta final de la campaña electoral de la Ciudad de Buenos Aires, por el el vocero presidencial y legislador electo, Manuel Adorni, acompañado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich..
El decreto endurece los requisitos para el ingreso, permanencia y obtención de la ciudadanía por parte de extranjeros, en un contexto que el Gobierno describe como de “afluencia masiva e irregular” de migrantes. Entre los cambios más destacados se encuentra la limitación del acceso gratuito a la salud y a la educación universitaria pública para extranjeros sin residencia permanente, el fortalecimiento del control fronterizo, y la exclusión del Poder Judicial en el proceso de otorgamiento de la ciudadanía por naturalización.
La medida materializa el objetivo planteado por el presidente Javier Milei durante el discurso que brindó en la Apertura de Sesiones del Congreso de la Nación. “Si queremos ser un país serio, también debemos llevar a cabo una reforma migratoria”, sostuvo el mandatario en esa oportunidad.
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Acceso restringido
A partir de ahora, los extranjeros sin residencia permanente sólo podrán acceder al sistema de salud público en casos de emergencia. Ademásdeberán contar con un seguro médico o pagar por los servicios recibidos.
“En los establecimientos que brinden atención sanitaria administrados por el Estado nacional, solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio”, detalla el nuevo artículo.
A su vez, el decreto habilita a las universidades públicas a cobrar aranceles a estudiantes extranjeros que no cuenten con residencia permanente, alegando el principio de equidad en el acceso a servicios financiados por el contribuyente argentino.
El Gobierno justifica la medida con cifras: en 2024, el gasto estatal en atención hospitalaria a inmigrantes habría alcanzado los $ 114.000 millones, mientras que en universidades como la UBA, más del 25% de los estudiantes de medicina eran extranjeros, según datos oficiales.
Requisitos más duros
La normativa introduce un mayor control sobre la residencia precaria, que ahora no contará como arraigo ni garantizará un resultado favorable en la tramitación de residencia permanente. Además, se exige a quienes soliciten residencia acreditar medios de subsistencia y carecer de antecedentes penales.
En cuanto a la ciudadanía, el DNU traslada el proceso de otorgamiento desde el Poder Judicial hacia la Dirección Nacional de Migraciones, alegando la necesidad de mayor seguridad y eficiencia.
También se habilita la ciudadanía por inversión “relevante”, que será definida por el Ministerio de Economía. De esa manera, se crea la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión con la función de “diseñar, gestionar y controlar los programas destinados a atraer extranjeros que contribuyan al crecimiento de la Argentina”. Estará a cargo de un director ejecutivo con rango de subsecretario, designado por el Poder Ejecutivo.
Expulsiones y rechazo en frontera
De acuerdo con la reforma migratoria, los extranjeros solamente estarán habilitados a ingresar por las fronteras oficiales, ya sea por medios terrestres, fluviales, marítimos o aéreos, pero deberán presentar una declaración jurada que explicite los motivos por los que llegan al país y un seguro de salud contratado.
Además, se determinó la prohibición de ingreso para quienes hubieran cometido un delito doloso contra la vida, la integridad sexual, los poderes públicos o el orden constitucional.
El decreto establece además una prohibición mínima de reingreso por cinco años en caso de expulsión, y medidas específicas para limitar el “turismo de natalidad”, que busca acceder a la ciudadanía por nacimiento de hijos en territorio argentino.
Aunque el texto reitera que la Argentina “seguirá siendo una Nación abierta a la inmigración”, enfatiza que dicha apertura no debe implicar el abandono de los derechos de los ciudadanos. El Gobierno argumenta que la normativa vigente es obsoleta, y que los cambios buscan “evitar abusos” y garantizar el “orden público”. (DIB) MM

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